Tabla de contenido
¿Quiénes requieren de visa para viajar a Estados Unidos?
Cualquier persona de un país extranjero que pretenda ingresar en los Estados Unidos de América.
¿Quiénes se encuentran exentos del visado para Estados Unidos?
Ciudadanos de países del Programa de Exención de Visa
- Andorra
- Australia
- Austria
- Bélgica
- Brunéi
- Chile
- Croacia
- República Checa
- Dinamarca
- Estonia
- Finlandia
- Francia
- Alemania
- Grecia
- Hungría
- Islandia
- Irlanda
- Italia
- Japón
- Letonia
- Liechtenstein
- Lituania
- Luxemburgo
- Mónaco
- República de Malta
- Países Bajos
- Nueva Zelanda
- Noruega
- Polonia
- Portugal
- San Marino
- Singapur
- Eslovaquia
- Eslovenia
- Corea del Sur
- España
- Suecia
- Suiza
- Taiwán
- Reino Unido
- No se encuentra en posesión de una visa de visitante
- Viaje por 90 días o menos
- Plan de viajar a Estados Unidos por negocios
- Solicitud para una persona o grupo de solicitudes para dos o más personas
¿Qué tipo de visa existen y para que se usan?
Turismo y Negocios
La visa de visitante B-1/B-2 es para personas que viajan a los Estados Unidos temporalmente por negocios (B-1) o por placer o tratamiento médico (B-2).
La visa B-1 es para viajeros que consultan con socios comerciales, asisten a convenciones/conferencias científicas, educativas, profesionales o de negocios, liquidan un patrimonio o negocian contratos. La visa B-2 es para viajes de carácter recreativo, incluyendo turismo, visitas a amigos o familiares, tratamientos médicos y actividades de carácter fraternal, social o de servicios. A menudo, las visas B-1 y B-2 se combinan y se emiten como una sola visa: la B-1/B-2.
- ¿Qué demos demostrar?
- Propósito del viaje para una visita temporal (negocios, placer o tratamiento médico)
- Permanencia por tiempo definido y limitado
- Comprobante de fondos para cubrir gastos (Estados de Cuenta)
- Residencia fuera de Estados Unidos, así como otros vínculos sociales o económicos que aseguren el regreso al finalizar la visita.
- Elementos de Aplicación
- Formulario DS-160
- Pasaporte con validez de al menos 6 meses
- Fotografía de 2×2 pulgadas (51x51mm) tomada en los últimos 6 meses,
- Si se emite una visa, puede haber una tarifa adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad.
- Carta de cita para la entrevista programada que confirme que se programó una cita a través del sitio de la Embajada.
- Recibo de Pago de la tarifa de solicitud de visa (MRV)
- Página de confirmación DS-160
- Correo electrónico
- Cualquier otro documento que respalde la información proporcionada (Prueba de ingresos, propiedad, propiedad comercial, activos, itinerario de viaje, constancia laboral, antecedentes penales y policiales)
- Estudiantes: últimos resultados escolares, expedientes académicos y títulos.
- Adultos que trabajan: carta de empleo de su empleador y nóminas de los últimos 3 meses, viajero de negocios y directivos de empresa: acreditación de su cargo en la empresa y remuneración.
- Visita a un familiar: fotocopia de la prueba del estatus familiar (residencia, certificado de naturalización, visa válida, etc.)
- Visitantes anteriores a los Estados Unidos: cualquier documento que acredite su estatus migratorio o de visa.
- Atención médica: diagnóstico médico de un médico local que explique el motivo del tratamiento en Estados Unidos, Carta de un médico o centro médico en Estados Unidos expresando su voluntad de tratar la enfermedad (duración, costo, honorarios médicos, honorarios hospitalización, demás gastos), declaración de responsabilidad financiera de la persona que pagan gastos de transporte, médico, manutención (respaldar).
- Menores de 18 años: presentes para entrevista acompañados de ambos padres, acta de nacimiento.
Estudiante
Visa F-1: Este es el tipo más común de visa de estudiante. Si desea realizar estudios académicos en los Estados Unidos en una escuela aprobada, como un colegio o universidad acreditada de los EE. UU., una escuela secundaria privada o un programa de idioma inglés aprobado, se necesita este tipo de visa si su curso de estudio dura más de 18 horas a la semana.
Visa M-1: Si planea participar en estudios o capacitación no académicos o vocacionales en una institución estadounidense.
Se puede emitir una visa F-1 para asistir a una escuela secundaria pública (grados 9 a 12 no se permite para grados de jardín de infantes a 8), pero el estudiante está limitado a un máximo de 12 meses en la escuela. La escuela también debe indicar en el Formulario I-20 que el estudiante ha pagado el costo no subsidiado de la educación y el monto presentado por el estudiante para ese propósito.
- Elementos de Aplicación
- Formulario DS-160
- Pasaporte con validez de al menos 6 meses.
- Fotografía 2×2 pulgadas (51x5mm)
- Si se emite una visa, puede haber una tarifa adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad.
- Formulario I-20 original aprobado y firmado por escuela o programa de EE. UU
- Recibo de tarifa SEVIS de Formulario I-901 que indique que pagó la tarifa SEVIS.
- Carta de cita para la entrevista que confirme que se programó una cita a través del sitio web.
- Cualquier otro documento que respalde la información proporcionada:
- Documentos que demuestren fuertes vínculos financieros, sociales y familiares con su país de origen que lo obligarán a regresar a su país después de que finalice su programa de estudios en los EE. UU.
- Documentos financieros y cualquier otro documento que crea que respaldará su solicitud y que brinde evidencia creíble de que tiene suficientes fondos disponibles para cubrir todos los gastos durante el primer año de estudio y que tiene acceso a fondos suficientes para cubrir todos los gastos mientras permanece en los Estados Unidos. Los solicitantes M-1 deben demostrar la capacidad de pagar toda la matrícula y los costos de vida durante todo el período de su estadía prevista.
- No se aceptarán fotocopias de extractos bancarios a menos que también pueda mostrar copias originales de extractos bancarios o libretas bancarias originales.
- Si está patrocinado financieramente por otra persona, deberá probar su relación con el patrocinador (como su certificado de nacimiento), los formularios de impuestos originales más recientes del patrocinador y las libretas bancarias y/o certificados de depósito fijo del patrocinador.
- Documentos académicos que demuestren preparación escolar. Los documentos útiles incluyen expedientes académicos escolares (se prefieren copias originales) con calificaciones, puntajes de exámenes estandarizados (SAT, TOEFL, etc.) y diplomas.
- Dependientes: prueba de la relación del estudiante con su cónyuge y/o hijo, las familias deberán solicitar sus visas al mismo tiempo.
Visitante de intercambio
Las citas para visas de visitante de intercambio son limitadas y actualmente están disponibles para ciudadanos guatemaltecos o residentes legales de Guatemala. Además de cumplir con los requisitos necesarios para calificar para una visa de estudiante, los solicitantes también deben traer su último formulario I-20 o DS-2019 emitido por su universidad a su entrevista para la visa.
La visa J del programa de visitantes de intercambio está diseñada para promover el intercambio de personas, conocimientos y habilidades en los campos de la educación, las artes y las ciencias. Los participantes incluyen estudiantes de todos los niveles académicos; aprendices que obtienen capacitación en el trabajo con empresas, instituciones y agencias; profesores de escuelas primarias, secundarias y especializadas; profesores que llegan a enseñar o realizar investigaciones en instituciones de educación superior; académicos de investigación; aprendices profesionales en los campos médico y afines; y visitantes internacionales que vienen con el propósito de viajar, observar, realizar consultas, investigar, capacitarse, compartir o demostrar conocimientos o habilidades especializados, o participar en programas organizados de persona a persona.
- Elementos de Aplicación
- Formulario de solicitud DS-160
- Pasaporte Válido con validez de al menos 6 meses.
- Fotografía 2×2 pulgadas (51x51mm) tomada en los últimos seis meses.
- Si se emite una visa, puede haber una tarifa adicional de reciprocidad por la emisión de la visa, dependiendo de su nacionalidad.
- DS-2019 homologado de su programa de EE. UU (Certificado de Elegibilidad para el Estatus de Visitante de Intercambio (J-1))
- Comprobante de pago de la tarifa SEVIS del Formulario I-901 (a menos que su programa J esté patrocinado por el gobierno de los Estados Unidos (con un código de programa que comienza con «G»)
- Carta de vita para la entrevista que confirme que programó cita a través del sitio web.
- Cualquier otro documento que respalde la información proporcionada:
- Documentos que demuestren fuertes vínculos financieros, sociales y familiares con su país de origen que lo obligarán a regresar a su país después de que finalice su programa de estudios en los EE. UU.
- Documentos financieros y cualquier otro documento que crea que respaldará su solicitud y que brinde evidencia creíble de que tiene suficientes fondos disponibles para cubrir todos los gastos durante el primer año de estudio y que tiene acceso a fondos suficientes para cubrir todos los gastos mientras permanece en los Estados Unidos.
- No se aceptarán fotocopias de extractos bancarios a menos que también pueda mostrar copias originales de extractos bancarios o libretas bancarias originales.
- Si está patrocinado financieramente por otra persona, traiga prueba de su relación con el patrocinador (como su certificado de nacimiento), los formularios de impuestos originales más recientes del patrocinador y las libretas bancarias y/o certificados de depósito fijo del patrocinador.
- Documentos académicos que demuestren preparación escolar. Los documentos útiles incluyen expedientes académicos escolares (se prefieren las copias originales) con calificaciones, certificados de exámenes públicos (A-levels, etc.), puntajes de exámenes estandarizados (SAT, TOEFL, etc.) y diplomas.
- Dependientes: Prueba de su relación con su cónyuge y/o hijo, Cada cónyuge o hijo debe tener su propio Formulario DS-2019 (Este formulario se utiliza para obtener la visa requerida para que el cónyuge/hijo ingrese a los EE. UU. Del titular principal de una visa de visitante de intercambio, o para reunirse con el titular en los EE. UU. en una fecha posterior.)
Empleo
Para trabajar temporalmente en los Estados Unidos como no inmigrante legal, los trabajadores temporales deben calificar para la categoría de visa disponible según el propósito de empleo planificado
- Visa de trabajadores temporales
Si el empleo es por un período determinado, el solicitante puede solicitar una visa de trabajo temporal. Hay 11 categorías de visas de trabajadores temporales. La mayoría de los solicitantes de visas de trabajadores temporales deben tener una petición aprobada. El posible empleador debe presentar la petición en nombre del solicitante. Los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) revisan la petición.
Categoría de visa | Descripción general – Acerca de un individuo en esta categoría: |
H-1B: Persona en Ocupación Especializada | Para solicitantes que trabajan en una ocupación especializada. Los solicitantes deben tener al menos una licenciatura o experiencia equivalente en la ocupación especializada. Incluye modelos, médicos y participantes en proyectos del DOD. |
H-1B1: Tratado de Libre Comercio (TLC) Profesional – Chile, Singapur | Para solicitantes de Chile o Singapur que trabajan en una ocupación especializada. Los solicitantes deben tener un título postsecundario que implique al menos cuatro años de estudio en el campo de especialización. (Nota: esta no es una visa basada en petición. Para conocer los procedimientos de solicitud, consulte el sitio web de la Embajada de los Estados Unidos en Chile o la Embajada de los Estados Unidos en Singapur ). |
H-2A: Trabajador agrícola temporal | Para solicitantes que realicen trabajos agrícolas temporales o estacionales. Sólo los ciudadanos o nacionales de países designados son elegibles para esta visa. Hay excepciones limitadas. |
H-2B: Trabajador temporal no agrícola | Para solicitantes que realizan trabajos no agrícolas temporales o estacionales. Sólo los ciudadanos o nacionales de países designados son elegibles para esta visa. Hay excepciones limitadas. |
H-3: Aprendiz o visitante de educación especial | Para solicitantes que reciben capacitación, distinta de la formación académica o médica de posgrado, en cualquier campo que no esté disponible en su país de origen. Los solicitantes también podrán participar en programas de formación práctica en la educación de niños con discapacidad mental, física o emocional. |
L: Cesionario intracompañía | Para solicitantes que trabajan en una capacidad gerencial o ejecutiva; o solicitantes que trabajan en un puesto que requiere conocimientos especializados. El peticionario debe ser una sucursal, matriz, filial o subsidiaria del empleador actual del solicitante. Los solicitantes deben haber trabajado para el mismo empleador en el extranjero durante 1 año dentro de los tres años anteriores. |
O: Individuo con habilidad o logro extraordinario | Para solicitantes con una habilidad o logro extraordinario en el campo de la ciencia, el arte, la educación, los negocios o el atletismo. También para postulantes que sean reconocidos internacionalmente en el campo del cine y la televisión. Esta categoría incluye a las personas que ayudan al individuo mencionado anteriormente. |
P-1: Atleta individual o de equipo, o miembro de un grupo de entretenimiento | Para solicitantes que sean atletas reconocidos o miembros de un grupo de entretenimiento/deportes. Deben actuar en una competición atlética o espectáculo de entretenimiento específico. Incluye personas que brindan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado anteriormente. |
P-2: Artista o Animador (Individual o Grupo) | Para solicitantes que se presenten individualmente o en grupo. Deben ser parte de un programa de intercambio recíproco entre una organización en los Estados Unidos y una organización en otro país. Incluye artistas que brindan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado anteriormente. |
P-3: Artista o Animador (Individual o Grupo) | Para solicitantes que actúan, enseñan o entrenan. Deben ser parte de un programa que sea único. El programa también puede ser una representación o presentación tradicional étnica, folclórica, cultural, musical, teatral o artística. Incluye personas que brindan servicios esenciales en apoyo del individuo mencionado anteriormente. |
P-1: Participante en un programa de intercambio cultural internacional | Para solicitantes que participan en un programa de intercambio cultural internacional. El programa puede ser para trabajo y capacitación cultural, o para compartir la historia, cultura y tradiciones del país de origen del solicitante. |
¿Cómo aplicar?
Puede solicitar una visa cuando USCIS haya aprobado su petición. Hay varios pasos en el proceso de solicitud de visa. El orden de estos pasos y cómo completarlos puede variar en la embajada o consulado de EE. UU. donde presente la solicitud.
- Solicitud de Visa de no inmigrante en línea, formulario DS-160
- Fotografía dimensiones mínimas aceptables son 600 x 600 píxeles. Las dimensiones máximas aceptables son 1200 x 1200 píxeles. 2 x 2 pulgadas (51 x 51 mm)Escaneado a una resolución de 300 píxeles por pulgada
- Visas para miembros de medios de comunicación, prensa y radio extranjeros
Las visas para medios (I) son para representantes de los medios extranjeros, incluidos miembros de la prensa, la radio, el cine y las industrias impresas. El representante del medio deberá viajar temporalmente a Estados Unidos para ejercer su profesión. El individuo sólo podrá participar en actividades informativas o educativas, esenciales para la función de los medios de comunicación extranjeros. Las actividades en los Estados Unidos mientras se tiene una visa de medios (I) deben ser para una organización de medios con oficina central fuera de los Estados Unidos. Las actividades en los Estados Unidos deben ser de naturaleza informativa y generalmente asociadas con el proceso de recopilación de noticias y presentación de informes sobre eventos actuales.
- Comerciante por tratado e inversor por tratado y australianos en ocupaciones especializadas
Generalmente, un no ciudadano que desee viajar a los Estados Unidos primero debe obtener una visa, ya sea una visa de no inmigrante para estadía temporal o una visa de inmigrante para residencia permanente. Las visas de no inmigrante de comerciante por tratado (E-1), inversionista por tratado (E-2) y australiano en ocupaciones especializadas (E-3) se pueden emitir a nacionales elegibles de países con los que Estados Unidos mantiene tratados de comercio y navegación o se consideran un país con un tratado basado en la legislación.
- VISA E-1
- Ciudadano de un país con tratado
- La empresa estadounidense para la cual planea ir a los Estados Unidos debe tener la nacionalidad del país del tratado
- Para que una empresa tenga nacionalidad de un país del tratado, al menos el 50% de la empresa o entidad debe ser propiedad de personas con la nacionalidad del país del tratado.
- El extranjero o la empresa estadounidense llevarán a cabo un comercio internacional sustancial, lo que significa que existe un volumen de comercio considerable y continuo; más del 50% del comercio internacional involucrado debe realizarse entre Estados Unidos y el país del tratado.
- Comercio significa el intercambio internacional de bienes, servicios y tecnología.
- Si el extranjero no es el comerciante del tratado, debe estar empleado en una capacidad de supervisión o ejecutiva, o poseer habilidades especializadas esenciales para el funcionamiento eficiente de la empresa estadounidense.
- Debe tener la intención de salir de los EE. UU cuando expire el estatus E-1.
- VISA E-2
- Ciudadano de un país con tratado
- La empresa estadounidense para la cual planea ir a los Estados Unidos debe tener la nacionalidad del país del tratado
- La inversión en Estados Unidos debe ser sustancial y suficiente para garantizar el funcionamiento exitoso de la empresa.
- La empresa estadounidense debe ser una empresa comercial real y operativa.
- La empresa debe generar más ingresos que solo proporcionarle la vida al extranjero y su familia, o debe tener un impacto económico significativo en los Estados Unidos.
- Si el extranjero es el inversionista principal, deberá llegar a Estados Unidos para trabajar en un puesto de supervisión, ejecutivo o poseer habilidades especializadas para el funcionamiento eficiente de la empresa estadounidense.
- Debe tener la intención de salir de Estados Unidos cuando expire su estatus E-2.
- VISA E-3
- Ser ciudadano de Australia
- Debe tener una solicitud de condición laboral (LCA) aprobada emitida por el Departamento de Trabajo.
- Debe demostrar que el posible empleo cumple con el estándar de ser un “empleo de ocupación especializada”
- Debe demostrar que cuentas con las calificaciones académicas necesarias para el puesto
- Debe tener la intención de salir de Estados Unidos cuando expire el estatus E-3.
- Visas para trabajadores profesionales canadienses y mexicanos de T-MEC