Tipos de Contratos de Trabajo en Guatemala

Introducción


En Guatemala, la relación laboral está regulada principalmente por la Constitución Política de la República (artículos 101 y 102) y el Código de Trabajo (Decreto 1441), cuyas disposiciones establecen las obligaciones y derechos tanto para empleadores como para trabajadores. El contrato de trabajo es un instrumento legal que formaliza dicha relación y debe cumplir los requisitos establecidos en la normativa laboral vigente. A continuación, se describen los tipos de contratos de trabajo más comunes en el país, junto con los fundamentos legales aplicables.

1. Contrato por tiempo indefinido (Artículo 25 del Código de Trabajo)


Este tipo de contrato no fija una fecha de terminación, por lo que otorga estabilidad al trabajador. Para finalizar la relación laboral se requiere una causa justificada o el mutuo acuerdo de las partes. En caso de despido injustificado, el empleador debe pagar indemnización conforme al artículo 82 del Código de Trabajo, calculada según el salario y el tiempo laborado.

2. Contrato por tiempo determinado (Artículo 26 del Código de Trabajo)


Establece un periodo específico durante el cual se mantendrá la relación laboral. Se utiliza normalmente para cubrir ausencias temporales, proyectos con fecha de término o temporadas de alta producción. Si se renueva repetidamente sin justificación, puede considerarse como un contrato por tiempo indefinido según el criterio de las autoridades laborales.

3. Contrato por obra o servicio determinado (Artículo 27 del Código de Trabajo)


Se celebra para la ejecución de una obra o la prestación de un servicio específico. El contrato finaliza cuando se culmina la obra o se cumple el objetivo acordado. Si el proyecto se extiende más de lo previsto, es necesario modificar o renovar el contrato, respetando en todo momento las disposiciones legales sobre la duración y las condiciones de trabajo.

4. Contratos especiales


Existen modalidades contractuales específicas para ciertos sectores o situaciones particulares, como trabajos de temporada agrícola, personal de confianza o personal directivo. Aunque pueden contener cláusulas diferenciadas (por ejemplo, las relativas a confidencialidad, horarios flexibles o compensaciones especiales), estos contratos también deben cumplir con los requisitos mínimos establecidos en el Código de Trabajo.

Fundamento legal y consideraciones importantes


El Código de Trabajo (artículos 18 y 19) define que todo contrato debe celebrarse por escrito y contener, como mínimo, los datos de identificación de las partes, el salario, la jornada laboral y los derechos y obligaciones correspondientes. Adicionalmente, el empleador está obligado a inscribir al trabajador en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) y a cumplir con todas las prestaciones legales (vacaciones anuales, aguinaldo —Decreto 76-78—, bono 14 —Decreto 42-92—, entre otras). El incumplimiento de estas obligaciones puede derivar en sanciones administrativas y, en algunos casos, responsabilidades civiles o penales.

Conclusión


Los distintos tipos de contratos de trabajo en Guatemala responden a las necesidades específicas de las partes y a la naturaleza de las labores a desempeñar. La clave radica en que se formalicen por escrito, cumplan con los requisitos legales y respeten los derechos mínimos de los trabajadores conforme a la Constitución y el Código de Trabajo. Contar con asesoría legal y mantenerse informado de la normativa vigente es esencial para evitar controversias y promover relaciones laborales justas y estables.

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