Buenas noticias para Pequeños Contribuyentes : Así te beneficia el Decreto 31-2024

A partir del 9 de abril de 2025, se implementaron significativas reformas al régimen de Pequeño Contribuyente en Guatemala, conforme al Decreto 31-2024. El propósito de estas modificaciones es simplificar el sistema tributario y hacer más accesible el cumplimiento de las obligaciones fiscales para los emprendedores.

Aumento del límite de ingresos

El umbral de ingresos anuales que permite continuar en el régimen de pequeño contribuyente se eleva de Q150,000 a 125 salarios mínimos mensuales aplicables al sector no agrícola, sin tener en cuenta la bonificación incentiva. Teniendo en cuenta que el salario mínimo mensual en 2024 es de Q3,384.59, el nuevo límite anual asciende a Q423,073.75.

Implicaciones del cambio

El incremento en el umbral de ingresos conlleva diversas repercusiones favorables para los pequeños contribuyentes:

  • Mayor adaptabilidad: Ofrece a los emprendedores la posibilidad de conservar el régimen simplificado a medida que sus negocios se expanden, sin la preocupación de sobrepasar el límite de ingresos y tener que transitar al régimen general.
  • Reducción de la carga administrativa: La ventaja se encuentra en una carga impositiva más accesible, dado que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para los pequeños contribuyentes es del 5 %, en contraste con el 12 % del régimen general. Esta modificación podría beneficiar a pequeños emprendedores y profesionales autónomos que desean tener más flexibilidad en el cumplimiento de sus responsabilidades fiscales.

Ejemplo

Imagina que Laura tiene una tienda de ropa en línea y vende productos de moda. En el 2025, sus ingresos anuales serán de Q400,000.

1. Nuevo Límite para Pequeños Contribuyentes:

El nuevo límite para quedarse en el régimen de pequeño contribuyente es Q423,073.75 (equivalente a 125 salarios mínimos mensuales de Q3,384.59).

Esto significa que María, con ingresos de Q400,000, está por debajo de este nuevo límite y puede seguir siendo un pequeño contribuyente.

2. Beneficios de Ser Pequeño Contribuyente:

Como María está dentro del límite, puede seguir pagando solo el 5% de IVA sobre sus ingresos, lo que es mucho más bajo que el 12% de IVA que se paga en el régimen general.

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