En el marco jurídico guatemalteco, existen varias entidades sin fines de lucro que se crean con el objetivo de beneficiar a la sociedad, como las asociaciones civiles, fundaciones y organizaciones no gubernamentales (ONGs). A pesar de que comparten ciertas características, cada una de estas figuras tiene particularidades que las distinguen. A continuación, se presenta un análisis de sus similitudes y diferencias, así como los requisitos para su constitución.
Tabla de contenido
Similitudes entre Asociación Civil, Fundación y ONG
1. Objetivo No Lucrativo: La principal característica común entre estas tres entidades es su finalidad no lucrativa. Su objetivo es cumplir con una misión social, cultural, educativa o de desarrollo comunitario, sin buscar generar ganancias para sus miembros.
2. Registro Legal: Para operar legalmente en Guatemala, tanto asociaciones civiles, fundaciones como ONGs deben estar registradas ante el Ministerio de Gobernación. Este registro les otorga personalidad jurídica, lo que les permite llevar a cabo actividades en el país.
3. Exención Fiscal: Estas entidades pueden solicitar exenciones fiscales o beneficios impositivos, siempre y cuando cumplan con las normativas establecidas y demuestren que sus actividades están alineadas con el interés público o social.
Definición y Propósito
- ONG: Las ONGs, ( Organizaciones No Gubernamentales), se enfocan en causas como combatir la desnutrición, la protección del medioambiente, la vivienda o la educación, a menudo con financiamiento internacional. Aunque su estructura puede parecerse a la de una asociación civil o fundación, su identidad está más vinculada a su propósito social y asus fuentes de financiamiento.
- Asociación Civil: Es una entidad conformada por un grupo de personas que se unen para un propósito común, que puede abarcar ámbitos sociales, culturales, económicos, profesionales, políticos o deportivos. Las asociaciones civiles tienden a realizar actividades que beneficien tanto a sus miembros como a la comunidad en general.
- Fundación: Se constituye con un patrimonio específico que se destina a actividades de interés general, como la educación,salud o bienestar social. A diferencia de la asociación civil, la fundación se establece con un capital mínimo de Q50,000.00 y sus artículos de constitucióndetallan la administración de sus activos.os.
Estructura Oganizativa
- Asociación Civil: Suele tener unaestructura democrática, donde sus miembros eligen una junta directiva. La toma de decisiones se realiza de manera colectiva, asegurando que todos los miembro tengan voz y voto.
- Fundación: En general, presenta unaestructura más jerárquica, con un patronato o consejo de administración que dirige las operaciones. Los fundadores suelen tener un papel clave en la orientación de la fundación.
ONG: La estructura organizativa de las ONGs varía según su tamaño y alcance, pero generalmente cuentan con una junta directiva y un equipo operativo. Las decisiones pueden ser más flexibles yadaptadas a las necesidades de cada proyecto.
Requisitos para la Constitución de Asociaciones Civiles, ONGs y Fundaciones en Guatemala:
Requisitos para la Asociación Civil:
1. Mínimo de seis personas civilmente capaces, más que los cargos que integran la junta directiva.
2. Indicar la denominación de la asociación, asegurándose de que no exista una similar.
3. Especificar los nombres de los miembros de la junta directiva.
4. Dirección de la sede.
5. Plazo de duración.
6. Objeto y fines de la asociación.
7. Derechos y deberes de los asociados.
8. Requisitos para ser asociados y sanciones en caso de incumplimiento.
Requisitos para la ONG:
1. Se requieren al menos siete personas, pudiendo ser hasta un 25% de nacionalidad extranjera, residentes en Guatemala.
2. Detallar la denominación, objeto, naturaleza, dirección y plazo de la ONG.
3. Definir los derechos y obligaciones de los miembros, y los requisitos para el ingreso de nuevos asociados.
4. Asamblea general: integración, quórum y atribuciones.
5. Consejo de administración: funciones y atribuciones.
6. Patrimonio y régimen económico.
7. Régimen disciplinario.
8. Proceso para modificación de estatutos y para la disolución de la ONG.
Requisitos para la Fundación:
Además de los requisitos mencionados para las ONGs, las fundaciones deben cumplir con lo siguiente:
1. Solicitar la constancia de novedad de la denominación en la Subdirección Administrativa del Ministerio de Gobernación.
2. Conformar un consejo directivo con al menos siete personas (presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y tres vocales).
3. Aportar un patrimonio inicial mínimo de Q50,000.00, demostrable mediante un depósito monetario.
4. Si algún miembro fundador es extranjero y no reside en Guatemala, deberá nombrar un mandatario que lo represente.
Conclusión
Tanto las asociaciones civiles, fundaciones como las ONGs desempeñan un papel fundamental en la sociedad guatemalteca al abordar una variedad de temas sociales y comunitarios. Si bien estas entidades comparten el objetivo de operar sin fines de lucro, las diferencias en su estructura organizativa y los requisitos legales para su constitución les otorgan características únicas que se adaptan a diferentes tipos de proyectos y misiones.